A continuación se presenta el detalle de los Gastos de Consejeros Regionales - Diciembre 2011 de este Organismo (Gobierno Regional de Coquimbo).
Seleccione mes
Consejero
Ciudad
Provincia
Dietas Sesiones (1)
Dietas Comisiones (1)
Pasajes y Reembolsos Gastos para Sesiones-Comisiones (2)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Pais (3)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Exterior (3)
Total
ALCAYAGA CORTES EDUARDO
La Serena
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
BAUZÁ FREDES MIGUEL
La Serena
ELQUI
130.070
234.126
0
0
0
364.196
GODOY BARRAZA RAUL
La Serena
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
LLANOS HUERTA SERGIO
La Serena
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
MUÑOZ PINTO PABLO
La Serena
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
VILLALOBOS PELLEGRINI REINALDO
La Serena
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
MONTOYA ANGEL JOSE
Coquimbo
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
NAVEA DIAZ MOIRA
Coquimbo
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
OLIVAREZ CORTES RENE
Andacollo
ELQUI
390.210
234.126
0
0
0
624.336
AGUIRRE ALVAREZ TEODORO
Ovalle
LIMARI
390.210
234.126
149.453
28.000
0
801.789
ALTAMIRANO TAPIA WASHINGTON
Ovalle
LIMARI
390.210
234.126
199.800
173.400
0
997.536
VILLAGRAN TAPIA ALFREDO
Ovalle
LIMARI
390.210
234.126
154.430
55.001
0
833.767
ZAPATA PASTEN LIDIA
Rio Hurtado
LIMARI
390.210
234.126
118.230
66.000
0
808.566
REBOLLEDO GONZALEZ MIGUEL
Illapel
CHOAPA
390.210
234.126
816.705
183.297
0
1.624.338
SANTANDER MARIN AGAPITO
Illapel
CHOAPA
390.210
234.126
654.080
648.883
0
1.927.299
TRIGO GONZALEZ NATHAN
Canela
CHOAPA
390.210
234.126
471.300
840.404
0
1.936.040
TOTAL
5.983.220
3.746.016
2.563.998
1.994.985
0
14.288.219
Notas:
Con respecto al pago de las dietas, de acuerdo al Art N°39 de la ley N° 19,175, señala que los consejeros regionales tendrán derecho a una dieta mensual de 10 UTM la que se percibirá por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes respectivo, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero. Para los efectos anteriores, se considerarán tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias. El intendente acordará con el consejo el número de sesiones ordinarias a realizar en el mes, debiendo efectuarse a lo menos dos. Del mismo modo, cada Consejero Regional tendrá derecho a percibir una dieta de 2 UTM, con un máximo de 6 UTM en el mes, por la asistencia a cada sesión de comisión de las referidas en el artículo Nº 37.
Los Consejeros que no tienen residencia habitual en la ciudad de desarrollo de las sesiones y comisiones pueden incurrir en gastos de reembolsos correspondientes a gastos de alimentación y/o alojamiento
Los gastos de reembolsos en el país (fuera de la región) y en el extranjero son desarrollados por los Consejeros previo acuerdo realizado en las sesiones.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 39 de la ley 19175, cada consejero tendrá derecho anualmente a una dieta adicional a pagarse en el mes de enero correspondiente a 5 UTM, siempre que durante el año calendario anterior el consejero haya asistido formalmente, al menos al 75% de las sesiones celebradas por el consejo en dicho periodo.