A continuación se presenta el detalle de los Gastos de Consejeros Regionales de este Organismo (Gobierno Regional de Coquimbo).
Seleccione mes
Consejero
Ciudad
Provincia
Pasajes y Reembolsos Gastos para Sesiones-Comisiones (1)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Pais (2)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Exterior (2)
Viaticos
Mutual 0,95% (4)
Total
TEODORO AGUIRRE ÁLVAREZ
OVALLE
LIMARI
480.000
568.800
0
582.954
16.848
1.648.602
EDUARDO ALCAYAGA CORTÉS
LA SERENA
ELQUI
0
0
0
30.682
14.040
44.722
MARCELO CASTAGNETO ARANCIBIA
LA SERENA
ELQUI
0
148.850
970.978
0
14.040
1.133.868
LEONARDO PASTÉN SILVA
SALAMANCA
CHOAPA
0
0
0
168.750
14.040
182.790
ALBERTO GALLARDO FLORES
OVALLE
LIMARI
0
82.330
972.322
0
14.040
1.068.692
MACARENA MATAS PICART
ILLAPEL
CHOAPA
0
0
0
0
14.040
14.040
CARLOS GALLEGUILLOS ROJO
COQUIMBO
ELQUI
0
0
0
0
14.040
14.040
RAÚL GODOY BARRAZA
LA SERENA
ELQUI
0
0
0
0
14.040
14.040
HANNA JARUFE HAUNE
OVALLE
LIMARI
100.000
8.000
0
245.456
14.040
367.496
JOSÉ MONTOYA ÁNGEL
COQUIMBO
ELQUI
0
10.611
0
30.682
14.040
55.333
ANGELA ROJAS ESCUDERO
SALAMANCA
CHOAPA
2.177.630
170.000
0
352.840
14.040
2.714.510
MIGUEL ANGEL SOLIS
OVALLE
LIMARI
90.484
241.885
0
582.952
14.040
929.361
AGAPITO SANTANDER MARIN
ILLAPEL
CHOAPA
2.258.300
1.195.000
0
828.406
14.040
4.295.746
JOSÉ SULANTAY SILVA
COQUIMBO
ELQUI
0
0
0
0
8.190
8.190
GLORIA TORRES ESPEJO
VICUÑA
ELQUI
204.000
0
0
245.456
14.040
463.496
LIDIA ZAPATA PASTÉN
OVALLE
LIMARI
45.000
49.061
0
460.226
14.040
568.327
DENIS CORTÉS AGUILERA
ILLAPEL
CHOAPA
150.000
0
150.000
TOTAL
5.355.414
2.624.537
1.943.300
3.528.404
221.598
13.673.253
Notas:
Con respecto al pago de las dietas, de acuerdo al Art N°39 de la ley N° 19,175, señala que los consejeros regionales tendrán derecho a una dieta mensual de 10 UTM la que se percibirá por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes respectivo, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero. Para los efectos anteriores, se considerarán tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias. El intendente acordará con el consejo el número de sesiones ordinarias a realizar en el mes, debiendo efectuarse a lo menos dos. Del mismo modo, cada Consejero Regional tendrá derecho a percibir una dieta de 2 UTM, con un máximo de 6 UTM en el mes, por la asistencia a cada sesión de comisión de las referidas en el artículo Nº 37.
Los Consejeros que no tienen residencia habitual en la ciudad de desarrollo de las sesiones y comisiones pueden incurrir en gastos de reembolsos correspondientes a gastos de alimentación y/o alojamiento
Los gastos de reembolsos en el país (fuera de la región) y en el extranjero son desarrollados por los Consejeros previo acuerdo realizado en las sesiones.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 39 de la ley 19175, cada consejero tendrá derecho anualmente a una dieta adicional a pagarse en el mes de enero correspondiente a 5 UTM, siempre que durante el año calendario anterior el consejero haya asistido formalmente, al menos al 75% de las sesiones celebradas por el consejo en dicho periodo.