GobiernoTransparente
GobiernoTransparente

Consejeros Regionales

Página Principal> Menú histórico Gastos Consejeros Regionales

A continuación se presenta el detalle de los Gastos de Consejeros Regionales de este Organismo (Gobierno Regional de Coquimbo).

Seleccione mes

Consejero Ciudad Provincia Pasajes y Reembolsos Gastos para Sesiones-Comisiones (1) Pasajes y Reembolsos Servicios en el Pais (2) Pasajes y Reembolsos Servicios en el Exterior (2) Viaticos Mutual 0,95% (4) Total
TEODORO AGUIRRE ÁLVAREZ OVALLE LIMARI 480.000 568.800 0 582.954 16.848 1.648.602
EDUARDO ALCAYAGA CORTÉS LA SERENA ELQUI 0 0 0 30.682 14.040 44.722
MARCELO CASTAGNETO ARANCIBIA LA SERENA ELQUI 0 148.850 970.978 0 14.040 1.133.868
LEONARDO PASTÉN SILVA SALAMANCA CHOAPA 0 0 0 168.750 14.040 182.790
ALBERTO GALLARDO FLORES OVALLE LIMARI 0 82.330 972.322 0 14.040 1.068.692
MACARENA MATAS PICART ILLAPEL CHOAPA 0 0 0 0 14.040 14.040
CARLOS GALLEGUILLOS ROJO COQUIMBO ELQUI 0 0 0 0 14.040 14.040
RAÚL GODOY BARRAZA LA SERENA ELQUI 0 0 0 0 14.040 14.040
HANNA JARUFE HAUNE OVALLE LIMARI 100.000 8.000 0 245.456 14.040 367.496
JOSÉ MONTOYA ÁNGEL COQUIMBO ELQUI 0 10.611 0 30.682 14.040 55.333
ANGELA ROJAS ESCUDERO SALAMANCA CHOAPA 2.177.630 170.000 0 352.840 14.040 2.714.510
MIGUEL ANGEL SOLIS OVALLE LIMARI 90.484 241.885 0 582.952 14.040 929.361
AGAPITO SANTANDER MARIN ILLAPEL CHOAPA 2.258.300 1.195.000 0 828.406 14.040 4.295.746
JOSÉ SULANTAY SILVA COQUIMBO ELQUI 0 0 0 0 8.190 8.190
GLORIA TORRES ESPEJO VICUÑA ELQUI 204.000 0 0 245.456 14.040 463.496
LIDIA ZAPATA PASTÉN OVALLE LIMARI 45.000 49.061 0 460.226 14.040 568.327
DENIS CORTÉS AGUILERA ILLAPEL CHOAPA 150.000 0 150.000
TOTAL 5.355.414 2.624.537 1.943.300 3.528.404 221.598 13.673.253

Notas:
  1. Con respecto al pago de las dietas, de acuerdo al Art N°39 de la ley N° 19,175, señala que los consejeros regionales tendrán derecho a una dieta mensual de 10 UTM la que se percibirá por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes respectivo, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero.
    Para los efectos anteriores, se considerarán tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias.
    El intendente acordará con el consejo el número de sesiones ordinarias a realizar en el mes, debiendo efectuarse a lo menos dos.
    Del mismo modo, cada Consejero Regional tendrá derecho a percibir una dieta de 2 UTM, con un máximo de 6 UTM en el mes, por la asistencia a cada sesión de comisión de las referidas en el artículo Nº 37.
  2. Los Consejeros que no tienen residencia habitual en la ciudad de desarrollo de las sesiones y comisiones pueden incurrir en gastos de reembolsos correspondientes a gastos de alimentación y/o alojamiento
  3. Los gastos de reembolsos en el país (fuera de la región) y en el extranjero son desarrollados por los Consejeros previo acuerdo realizado en las sesiones.
  4. De acuerdo a lo señalado en el artículo 39 de la ley 19175, cada consejero tendrá derecho anualmente a una dieta adicional a pagarse en el mes de enero correspondiente a 5 UTM, siempre que durante el año calendario anterior el consejero haya asistido formalmente, al menos al 75% de las sesiones celebradas por el consejo en dicho periodo.

Volver
print