GobiernoTransparente
GobiernoTransparente

Consejeros Regionales

Página Principal> Menú histórico Gastos Consejeros Regionales

A continuación se presenta el detalle de los Gastos de Consejeros Regionales de este Organismo (Gobierno Regional de Coquimbo).

Seleccione mes

Consejero Ciudad Provincia Pasajes y Reembolsos Gastos para Sesiones-Comisiones (1) Pasajes y Reembolsos Servicios en el Pais (2) Pasajes y Reembolsos Servicios en el Exterior (2) Viaticos Mutual 0,95% (4) Total
TEODORO AGUIRRE ÁLVAREZ OVALLE LIMARI 0 0 0 330.213 14.279 344.492
EDUARDO ALCAYAGA CORTÉS LA SERENA ELQUI 0 156.156 0 0 17.135 173.291
MARCELO CASTAGNETO ARANCIBIA LA SERENA ELQUI 0 0 0 0 14.279 14.279
LEONARDO PASTÉN SILVA SALAMANCA CHOAPA 640.000 430.000 0 281.506 14.279 1.365.785
ALBERTO GALLARDO FLORES OVALLE LIMARI 0 0 0 0 14.279 14.279
MACARENA MATAS PICART ILLAPEL CHOAPA 0 0 0 0 14.279 14.279
CARLOS GALLEGUILLOS ROJO COQUIMBO ELQUI 0 0 0 0 14.279 14.279
RAÚL GODOY BARRAZA LA SERENA ELQUI 0 173.323 0 110.071 14.279 297.673
HANNA JARUFE HAUNE OVALLE LIMARI 80.000 25.000 0 203.651 14.279 322.930
JOSÉ MONTOYA ÁNGEL COQUIMBO ELQUI 0 210.553 0 157.244 14.279 382.076
ANGELA ROJAS ESCUDERO SALAMANCA CHOAPA 708.000 384.000 0 424.559 14.279 1.530.838
MIGUEL ANGEL SOLIS OVALLE LIMARI 70.727 27.852 0 580.270 14.279 693.128
AGAPITO SANTANDER MARIN ILLAPEL CHOAPA 0 181.356 0 875.964 14.279 1.071.599
JOSÉ SULANTAY SILVA COQUIMBO ELQUI 0 0 0 0 14.279 14.279
GLORIA TORRES ESPEJO VICUÑA ELQUI 54.000 12.000 0 110.071 14.279 190.350
LIDIA ZAPATA PASTÉN OVALLE LIMARI 0 260.812 0 392.344 14.279 667.435
TOTAL 1.552.727 1.861.052 0 3.465.893 231.320 7.110.992

Notas:
  1. Con respecto al pago de las dietas, de acuerdo al Art N°39 de la ley N° 19,175, señala que los consejeros regionales tendrán derecho a una dieta mensual de 10 UTM la que se percibirá por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes respectivo, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero.
    Para los efectos anteriores, se considerarán tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias.
    El intendente acordará con el consejo el número de sesiones ordinarias a realizar en el mes, debiendo efectuarse a lo menos dos.
    Del mismo modo, cada Consejero Regional tendrá derecho a percibir una dieta de 2 UTM, con un máximo de 6 UTM en el mes, por la asistencia a cada sesión de comisión de las referidas en el artículo Nº 37.
  2. Los Consejeros que no tienen residencia habitual en la ciudad de desarrollo de las sesiones y comisiones pueden incurrir en gastos de reembolsos correspondientes a gastos de alimentación y/o alojamiento
  3. Los gastos de reembolsos en el país (fuera de la región) y en el extranjero son desarrollados por los Consejeros previo acuerdo realizado en las sesiones.
  4. De acuerdo a lo señalado en el artículo 39 de la ley 19175, cada consejero tendrá derecho anualmente a una dieta adicional a pagarse en el mes de enero correspondiente a 5 UTM, siempre que durante el año calendario anterior el consejero haya asistido formalmente, al menos al 75% de las sesiones celebradas por el consejo en dicho periodo.

Volver
print