A continuación se presenta el detalle de los Gastos de Consejeros Regionales de este Organismo (Gobierno Regional de Coquimbo).
Seleccione mes
Consejero
Ciudad
Provincia
Pasajes y Reembolsos Gastos para Sesiones-Comisiones (1)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Pais (2)
Pasajes y Reembolsos Servicios en el Exterior (2)
Viaticos
Viatico Internacional
Mutual 0,93% (4)
Total
MARCELO CASTAGNETO ARANCIBIA
LA SERENA
ELQUI
0
0
0
0
0
14.290
14.290
PAOLA CORTÉS VEGA
LA SERENA
ELQUI
0
220.826
322.038
314.482
0
14.290
871.636
CARLOS GALLEGUILLOS ROJO
COQUIMBO
ELQUI
0
126.576
225.609
110.069
0
14.290
476.544
ADRIANA PEÑAFIEL VILLAFAÑE
LA SERENA
ELQUI
0
367.976
0
110.069
0
17.147
495.192
MARCO ANTONIO SULANTAY OLIVARES
LA SERENA
ELQUI
0
109.201
0
125.792
0
14.290
249.283
LOMBARDO TOLEDO ESCORZA
LA SERENA
ELQUI
0
200.000
0
0
0
14.290
214.290
JAVIER VEGA ORTIZ
COQUIMBO
ELQUI
0
677.485
0
503.172
0
14.290
1.194.947
JUAN CARLOS CODOCEO
ALCONES ALTOS
LIMARI
411.200
1.960.000
0
927.723
0
14.290
3.313.213
ALBERTO GALLARDO FLORES
OVALLE
LIMARI
0
279.081
273.254
172.965
0
14.290
739.590
TEODOSIO GUERRERO CRUZ
OVALLE
LIMARI
780.000
1.549.640
0
377.376
0
14.290
2.721.306
HANNA JARUFE HAUNE
OVALLE
LIMARI
0
10.893
0
345.928
0
14.290
371.111
LIDIA ZAPATA PASTÉN
OVALLE
LIMARI
60.600
65.891
0
912.000
0
14.290
1.052.781
CRISTIÁN CARRIEL CASTILLO
ILLAPEL
CHOAPA
0
223.334
0
739.035
0
14.290
976.659
JAIME HERRERA FLORES
LOS VILOS
CHOAPA
13.001
58.604
0
707.587
0
14.290
793.482
ANGELA ROJAS ESCUDERO
SALAMANCA
CHOAPA
1.912.000
403.333
0
440.276
0
14.290
2.769.899
CRISTIÁN RONDANELLI ORREGO
SALAMANCA
CHOAPA
209.024
223.333
0
408.828
0
14.290
855.475
TOTAL
3.385.825
6.476.173
820.901
6.195.302
0
231.497
17.109.698
Notas:
Con respecto al pago de las dietas, de acuerdo al Art N°39 de la ley N° 19,175, señala que los consejeros regionales tendrán derecho a una dieta mensual de 10 UTM la que se percibirá por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes respectivo, disminuyéndose proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero. Para los efectos anteriores, se considerarán tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias. El intendente acordará con el consejo el número de sesiones ordinarias a realizar en el mes, debiendo efectuarse a lo menos dos. Del mismo modo, cada Consejero Regional tendrá derecho a percibir una dieta de 2 UTM, con un máximo de 6 UTM en el mes, por la asistencia a cada sesión de comisión de las referidas en el artículo Nº 37.
Los Consejeros que no tienen residencia habitual en la ciudad de desarrollo de las sesiones y comisiones pueden incurrir en gastos de reembolsos correspondientes a gastos de alimentación y/o alojamiento
Los gastos de reembolsos en el país (fuera de la región) y en el extranjero son desarrollados por los Consejeros previo acuerdo realizado en las sesiones.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 39 de la ley 19175, cada consejero tendrá derecho anualmente a una dieta adicional a pagarse en el mes de enero correspondiente a 5 UTM, siempre que durante el año calendario anterior el consejero haya asistido formalmente, al menos al 75% de las sesiones celebradas por el consejo en dicho periodo.