Normativa del Programa Administración y Operatividad

Normativa del Programa

Ley 20.378/09 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Ley 21.796 de Presupuesto del Sector Público 2026

Decreto Supremo N° 44_11 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Decreto Supremo N° 86_20 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Res (e) Nº 626/26 que establece montos de beneficio por renovación 2026

Respecto de Beneficiarios de Convocatorias anteriores, se detalla en el siguiente Listado de taxis colectivos entrantes que a la fecha del inicio de la Convocatoria 2026 siguen cumpliendo restricciones establecidas en el reglamento (D.S. Nº 44_11) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Listado de taxis colectivos entrantes que a la fecha del inicio de la Convocatoria 2026 siguen cumpliendo restricciones

Administración del Programa

La administración del Programa se realiza en coordinación con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para lo cual se firmó un convenio de colaboración en el que se establecen los compromisos de asesoría técnica que el Ministerio hará al Gobierno Regional en materias de ejecución y fiscalización del Programa, como también los compromisos de envío de información, por parte del Gobierno Regional, relativo a recursos que apruebe el Consejo Regional para su implementación y estado de avance durante el año de ejecución

Operatividad del Programa

El Programa comienza con el llamado a postular (convocatoria) y está diseñado básicamente en dos Etapas. La primera de ellas considera la revisión de requisitos y antecedentes del vehículo saliente postulado (taxi colectivo a sacar de circulación del RNSTP) y concluye con la emisión un certificado de selección, por parte del Gobierno Regional, que acredita el cumplimiento de dichos requisitos y en el cual se establece además el monto del valor del beneficio por renovación (subsidio) asociado a la postulación aprobada.  La segunda etapa considera la revisión de requisitos y antecedentes del vehículo entrante postulado (taxi colectivo renovado) y la cancelación del vehículo saliente en los diferentes registros.  Esta segunda etapa concluye con la entrega del subsidio respectivo. El vehículo entrante está sujeto a restricciones, según lo establecido en el artículo 24 del reglamento que regula el Programa.

(*) En ambas etapas, las postulaciones al Programa ingresan a la SEREMITT para su VºBº y luego se remiten al Gobierno Regional para su aprobación final.

 Una vez que la segunda etapa cursa de manera exitosa, se procede a efectuar los trámites administrativos previos al pago. Por lo tanto, las transferencias del incentivo económico se realizan al final del proceso de renovación del vehículo.

Más información general sobre el programa, visitar el sitio web que dispuso el Ministerio de Transportes

https://dtpr.mtt.gob.cl/webrtc/